Cuando, en el siglo XIX, se suprimió por primera vez el servicio militar obligatorio en España

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Fue durante el reinado de Juan II de Castilla, en la primera mitad del siglo XV, cuando se
impuso la obligatoriedad, por parte de los ciudadanos, del sustento del Ejército Real a través de aportación
económica o bien con la incorporación al mismo de uno de cada cinco mozos (quintos) que habitasen en una población.

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Pero ese no fue el origen del servicio militar obligatorio
en España, tal y como se conoció hasta que dejó de serlo a partir del 1 de
enero de 2002 (tras haber sido aprobado en 1996 por el gobierno de José María Aznar y en el que se había
establecido un periodo
de seis años para la transición hacia la plena profesionalización
).

La mili obligatoria
y por reemplazos en España se originó a partir de 1770 bajo el reinado de Carlos III cuando, el 13 de noviembre, se
promulgó la ‘Real Ordenanza de Reemplazo
Anual del Ejército Obligatorio’
por la que se establecía que el Ejército
Español estaría compuesto por el reclutamiento de personal a través de sorteo
(uno de cada cinco mozos), forzoso (en el que formaban parte vagabundos y gente
sin oficios) y voluntarios.

Durante muchísimos años el ejército tuvo cubierto su cupo, ante la gran cantidad de personal voluntario que se alistaba en el
mismo; unos por puro sentimiento patriótico y otros con el fin de conseguir un sustento.

A finales del siglo XVIII más de cien mil soldados formaban
parte del ejército en España, por lo que quedaban más que cubiertas las
necesidades de personal, propiciando que en algunos momentos fuese insostenible
el poder mantener a tantos soldados así que una vez entrados en el siglo XIX, en
1837 se puso en práctica lo que se conoció como ‘redención en metálico’ o, dicho de otro modo, poderse librar de
tener que incorporarse al servicio militar obligatorio a cambio de pagar al
Estado 15.000 reales, una importante cantidad para la época, pudiéndose
beneficiar de esa ‘redención’ los vástagos de familias adineradas que no
querían ver como sus hijos eran enviados a los diferentes conflictos bélicos en
los que, una vez tras otra, se encontraba la nación española.

Y llegamos a 1873, año en el que, el 11 de febrero, las
Cortes proclaman la Primera República y una semana después, el Ministro de
Gracia y Justicia, Cristino Martos y Balbi,
firma la conocida como ‘Ley
dictando disposiciones relativas al reemplazo del ejército’
(publicada
en la Gaceta de Madrid –antecesora del BOE- el día 23) y por la cual disponía
en sus cuatro primeros preceptos los siguientes artículos:

Art. 1: La fuerza militar encargada de la defensa nacional
se compondrá de ejército activo y reserva.

Art. 2: Queda abolida la quinta para el reemplazo del
ejército.

Art. 3: El ejército activo, cuya fuerza se fijará anualmente
según el precepto constitucional, se formará de soldados voluntarios
retribuidos con una peseta diaria sobre su haber, pagada semanal o mensualmente.
Gozarán de los beneficios expresados en el párrafo que antecede las clases de
sargentos y cabos que deseen continuar en el servicio.

Art. 4: Ningún extranjero podrá ingresar en el ejército.

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Se aprobó, de este modo, la no obligatoriedad en el Ejército
Español y que éste estuviera cubierto por personal profesional y voluntario.

Pero el régimen político de la Primera
República Española
fue efímero y veintidós meses después (el 29 de
diciembre de 1874) se restauraba la monarquía y con ello volvía la
obligatoriedad del servicio militar y, como no, aquellos que se libraron tras
el pago de la redención en metálico.

Cabe destacar que este recurso para librarse de acudir al
servicio militar fue ampliamente utilizado durante la última década del siglo
XIX, en el que España batalló en sus colonias de ultramar, siendo muchos los
que quisieron estar exentos de ir, por lo que fueron liberados de tal obligación.

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Se calcula que entre 1890 y 1899 (década en la que tuvieron
lugar importantes conflictos bélicos como la campaña de Melilla de 1894 o las
guerras de Cuba y Filipinas en 1898) alrededor de 110.000 jóvenes llamados a
fila se libraron de acudir al ejército tras ser ‘redimidos’ previo pago, algo
que hizo llenar las ‘arcas del Estado’ con alrededor de 400 millones de pesetas
de la época.

En 1912, el entonces Presidente
del Consejo de Ministros (equivalente hoy en día al cargo de Presidente
del Gobierno), José Canalejas, volvió a establecer el modelo de soldado
de cuota o sorteo anual de quintos que irían sustituyendo al reemplazo anterior.

También se eliminó la muy
discutida redención en metálico, aunque se dieron otros privilegios que
fueron ampliamente criticados, como el poder rebajar sustancialmente el periodo
de servicio militar tras previo pago. No se libraban de acudir obligatoriamente
a la mili pero, pasando por caja, en lugar de cumplir los tres años
establecidos podían estar (según lo que abonasen) entre cinco y diez meses
(además en destinos privilegiados).

A lo largo del siglo XX hubo varias modificaciones del
servicio militar, sobre todo concerniente a acortar su duración, llegando en
1991 a ser de 9 meses y de ahí, una década después a desaparecer la
obligatoriedad.

Hoy en día, son muchos los colectivos desde los que se insta
al gobierno que recupere la obligatoriedad del servicio militar en España.

Fuentes de consulta e imágenes: archivodeinalbis
/ Gaceta
de Madrid (BOE)
/ ABC
/ almirantecervera
/ bibliotecavirtualdefensa
(pdf)
/ Wikimedia
commons

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