Cosas importantes que debes saber si juegas participaciones de la lotería

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En los meses previos al Sorteo de la Lotería de Navidad muchas son las personas y los lugares a los que acudimos que nos ofrecen que les compremos participaciones.

Estas suelen ser realizadas por peñas, agrupaciones, colegios, equipos deportivos, asociaciones y cualquier tipo de comercio y en la mayoría de casos la cantidad que hemos pagado al adquirir la participación no es integra para jugar, ya que suelen quedarse un pequeño porcentaje con el que se financian actividades, viajes, reformas o actos solidarios.

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Suelen ser tantas las participaciones que llegamos a adquirir que no es extraño que haya alguna que se nos traspapele o extravíe,  encontrándola quizás varios meses después de haberse celebrado el sorteo.

Tal y como os informábamos en el artículo ‘¿Qué pasa cuando el ganador de la lotería no recoge su premio?’ hay tres meses, a partir del sorteo, para cobrar el premio si se trata de décimos, pero en el caso de las participaciones la cosa cambia, ya que la legislación marca que debe haber un plazo de hasta cinco años para poder ser cobradas.

La ley obliga a aquellas entidades que han puesto a la venta, regalado o repartido participaciones, que hagan efectivo el pago de premios a lo largo de un lustro. Evidentemente, ellos sí que están obligados a cobrar los décimos de los que son depositarios en un plazo máximo de tres meses.

Esas participaciones que hemos adquirido una entidad, peña, agrupación, comercio, etc… podemos cobrarlas de dos modos: hasta los tres meses después de la celebración del sorteo en la administración de loterías o entidad bancaria dónde están depositados los décimos (como suelen ser muchos lo conveniente es depositarlo en alguno de estos dos lugares), pero para ello debe estar indicado claramente en la participación, así como la dirección a la que hay que dirigirse o directamente en el lugar o a través de la persona a la que se la hemos adquirido (a partir de los 3 meses y hasta los 5 años este segundo modo será el único para poder cobrar nuestro premio).

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Podemos encontrarnos con el problema de que hemos comprado una participación en un establecimiento durante un viaje realizado a otra ciudad/provincia y que a la hora de cobrar el premio nos damos cuenta de que hay que desplazarse hasta allí. En algunas ocasiones la cantidad a cobrar es mucho menor que el coste del viaje, por lo que muchas personas no llegan a cobrarlo. Este es uno de los motivos por el que el plazo para cobrar el premio es de cinco años, ya que da la oportunidad de si en un futuro esa persona tiene que viajar hasta allí (por ejemplo en las siguientes vacaciones de verano) pueda recoger su dinero.

Muchas son las entidades que ponen un aviso en la participación de que el pago de premios caduca a los tres meses, pero esto no es legal y se puede recurrir a las autoridades. Hay que tener muy claro que el plazo de tres meses de una participación es para poder ser cobrada directamente en la administración o entidad bancaria en la que esté depositada.

Si fuésemos agraciados con un premio en una participación y ésta (por cualquier infortunio) hubiese sido objeto de un error de impresión por parte del emisor (entidad que nos la vendió), poniendo en ella una cantidad diferente a lo realmente jugado (por ejemplo jugamos 1,5 euros y pone 2,5 euros impreso) deben pagarnos el valor del premio por la cantidad que indica en la papeleta y no por lo que hemos pagado.

También es importante saber que si cometen un fallo a la hora de imprimir las participaciones con el número que aparece y éste no es realmente el que debería jugarse, pero el erróneo es  agraciado con un premio (sea de la cuantía que sea) la entidad está obligada por ley a pagarnos el premio que nos correspondería, pudiendo ejercer acciones legales ante la ley en caso de no satisfacernos el pago.

Otra de las cosas a tener en cuenta a la hora de comprar una participación es que en la misma conste muy claramente los datos de la entidad emisora, el número de NIF y que esté convenientemente sellado.

Muchas de las estafas que se realizan en esas fechas son a través de participaciones de lotería que se han adquirido a vendedores ambulantes o gente que va de puerta en puerta por las casas (en muchas ocasiones con la excusa de recolectar para una ONG o recaudar dinero para el viaje de fin de curso). En muchas de esas papeletas  no figuran los datos correctos o no pertenecen realmente a entidad alguna, encontrándose algunas personas que al dirigirse a cobrar un supuesto premio no existía el lugar y por lo tanto se quedan sin el dinero del premio.

Es conveniente adquirir las participaciones a personas conocidas y de nuestra confianza/entorno.

Este post fue publicado el 9/9/2013 dentro del ‘Especial sobre la Lotería de Navidad’ de Yahoo! Noticias España:
https://es.noticias.yahoo.com/cosas-importantes-que-debes-saber-si-juegas-participaciones-de-la-loter%C3%ADa-160402997.html